Vendieron mi deuda a una casa de cobranza, ¿tengo que pagarles?
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Que te llamen a toda hora, contacten a tu familia o te amenacen no es “parte del juego”: casi todo eso tiene límites claros en la ley. Aquí están, para que sepas hasta dónde pueden llegar.
Es muy común: tu deuda original era con un banco o una tienda, y de repente te llama una casa de cobranza diciendo que ahora ellos son los dueños. Antes de pagarles, hay algo que la ley exige.
La venta (cesión) de tu deuda solo surte efecto contra ti si te la notificaron. Sin notificación válida, tú no estás obligado a reconocer al nuevo cobrador. Código Civil · Art. 1448
Por qué importa tanto
Si le pagas a quien no es el verdadero dueño de la deuda —o a quien no tiene poder del acreedor— corres el riesgo de que el acreedor real te vuelva a cobrar. Pagar bien significa pagarle a quien legalmente puede darte por liberado y extender un finiquito válido. Código Civil · Art. 1380
Qué exigir antes de pagar
Han ocurrido fraudes de personas que se hacen pasar por casas de cobranza para que “abones” a una cuenta. Verifica que la empresa existe y que tiene legitimación antes de transferir nada. Esto es justo lo que revisamos en el chequeo del cobrador.