Presté (o me prestaron) sin contrato o firmé un pagaré, ¿qué validez tiene?
Los préstamos entre conocidos casi nunca tienen contrato formal, y los prestamistas suelen pedir un pagaré. Cada caso tiene reglas distintas y conviene conocerlas.
Préstamo sin contrato escrito
Una obligación puede existir aunque no haya papel: si recibiste el dinero, debes devolverlo. El problema es la prueba: sin documento, quien cobra debe demostrar que el préstamo existió y en qué términos. Por eso un cobro “de palabra” es mucho más débil en juicio.
Un pagaré es un título de crédito: permite cobrar por juicio ejecutivo sin tener que probar de dónde salió la deuda. Por eso hay que tratarlo con cuidado. Código de Comercio · Art. 615
El pagaré también prescribe
La acción para cobrar un pagaré prescribe a los 3 años. Código de Comercio · Art. 615 Pasado ese plazo desde su vencimiento, pierde su fuerza ejecutiva (puedes oponer la prescripción si te demandan).
Firmar un pagaré sin monto o sin fecha es peligroso: el prestamista podría llenarlo por una cantidad mayor a la prestada. Nunca firmes un pagaré en blanco, y si ya lo hiciste, guarda toda prueba de cuánto recibiste realmente.
El interés del prestamista también tiene tope
Aunque sea un préstamo informal, el interés no puede superar el doble de la tasa promedio del sistema. El “20% mensual” del prestamista de barrio es casi siempre usura — y es delito. Código Civil · Art. 1947 Código Penal · Art. 276