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Embargos

Me embargaron el sueldo sin avisarme, ¿es legal?

Un día tu pago llega más bajo y recursos humanos te dice que llegó un oficio de embargo. Nunca supiste de ninguna demanda. ¿Es legal? Hay dos cosas importantes que debes saber.

El aviso de tu empresa no es tu notificación

El embargo de sueldo se ejecuta oficiando a tu patrono para que retenga. CPCYM · Art. 307 Tu empresa solo cumple una orden — no es el notificador del juzgado, así que su aviso no inicia tu plazo de defensa.

Casi siempre significa que no te notificaron bien

Si te enteras hasta que te descuentan, lo más probable es que la notificación de la demanda se haya hecho mal (en una dirección vieja, con un tercero, o de forma defectuosa). Eso abre la puerta a pedir su nulidad. CPCYM · Art. 77

Tu salario mínimo es inembargable

La ley declara inembargable la totalidad del salario salvo los porcentajes autorizados. CPCYM · Art. 306 El salario mínimo es 100% inembargable Código de Trabajo · Art. 96; solo se embarga un porcentaje del excedente, y el 50% únicamente para pensión alimenticia.

Pide copia del oficio de embargo a tu empresa: ahí está el juzgado y el número de proceso.
Revisa cuánto te retienen: si tocan tu salario mínimo, el embargo es ilegal y se puede levantar.
Revisa la notificación en el expediente: si fue defectuosa, se ataca por nulidad — aunque ya haya pasado tiempo.
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